Quiero viajar a España como turista ¿qué necesito?

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Si eres extranjero/a y quieres viajar a España como turista implica que debes cumplir una serie de requisitos para que te permitan la entrada y la estancia en el país. Esto es así porque las autoridades españolas quieren comprobar que realmente vienes a hacer turismo y no a quedarte de forma irregular en el país. Un turista en España tiene permitida la estancia por un máximo de 90 días en un periodo de 6 meses. Es un tema importante, porque si un funcionario de policía de fronteras comprueba que no cumples con alguno de los requisitos te pueden impedir la entrada a España y la obligación de volver a tu país en el primer vuelo.

Para la policía nacional encargada del control de las fronteras, un extranjero/a es sospechoso de querer quedarse en el país de forma irregular, sobretodo en lo que se llaman «vuelos calientes» (principalmente vuelos desde Sudamérica). Es así de triste, pero es la realidad cada día en el control de inmigración de los aeropuertos. Un drama real vivido por deportados venezolanos lo puedes leer aquí. Aunque vengas realmente a hacer turismo y de buena fe, debes tener en cuenta todo los requisitos si no quieres sufrir un mal trago, que te expulsen y arruinar tu soñado viaje.

 

Documentación y requisitos de entrada al viajar a España como turista

 

Pasaporte válido y en vigor

Pasaporte con una validez mínima de 3 meses antes de la fecha de salida de España o espacio Schengen (cuidado que no te venza antes de ese plazo y durante todo el viaje y estancia en España) y expedido en los 10 años anteriores a la fecha de entrada en España o espacio Schengen. Es muy importante que compruebes la fecha de validez de tu pasaporte con antelación, para evitar problemas y que te de tiempo a renovarlo en caso necesario antes de viajar.

Hay países que permiten expedir un pasaporte de urgencia antes de viajar. En el caso de Argentina se puede tramitar el pasaporte al instante en el mismo aeropuerto (sólo en los aeropuertos de Ezeiza, Aeroparque o Mendoza).

 

Billetes de ida y vuelta

Billetes de ida y vuelta con fecha cerrada o circuito turístico, en ningún caso puedes entrar en España con sólo billete de ida y «ya compraré la vuelta». Si los billetes los compraste en una agencia de viajes debes llevar los impresos que te dieron. Si compraste los billetes de avión en internet, debes imprimir los billetes que te entregaron en pdf al finalizar la compra, o que te enviaron como archivo adjuntos por internet.

Te recordamos: la fecha de vuelta a tu país debe ser antes de 90 días de estancia en España o espacio Schengen.

 

Justificar el hospedaje en España

Se te pide justificar dónde te vas a quedar durante tu alojamiento en el país como turista. Hay dos formas de justificar la estancia en España:

  • Reserva de hotel o confirmación de reserva de viaje organizado. En cualquiera de los dos, en teoría, se pide que la reserva de hotel esté pagada (en la práctica mucha gente llega con una reserva con pago en hotel, como las del sitio web de Booking.com pero eso depende del criterio del funcionario del control de inmigración, es mejor no arriesgarse).

 

 

Acreditar los medios económicos

(Actualización: datos válidos para 2018)

Deberás demostrar que, durante toda tu estancia turística en España vas a disponer de medios suficientes para no representar una carga para el país. Para el año 2018 (varía cada año) tienes que demostrar que dispones de al menos 73,59 € por persona y día de estancia, con una cantidad mínima de 662,31 € (independientemente del número de días).

Para demostrarlo se puede presentar el dinero en efectivo, cheques, o tarjetas de crédito acompañadas de un extracto bancario donde se indique tu saldo en la cuenta (es un impreso que se solicita en tu banco y lo firma el director de la oficina).

 

Seguro médico

Viajar con un seguro médico siempre es aconsejable, porque un percance en un país extranjero puede ser un tema muy serio para recibir la asistencia médica adecuada. Las autoridades españolas están pidiendo un seguro médico que cubra al menos gastos médicos por valor de 30.000 € y que cubra la repatriación en caso necesario (esto es así según los acuerdos de Schengen y el Reglamento CE 810/2009).

 

Hasta aquí toda la documentación que debes tener a mano cuando llegues al control de inmigración del aeropuerto en tu viaje como turista a España… ¡esperamos que te haya sido de ayuda! 😉

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Esta publicación fue modificada por última vez el 13 febrero, 2018 3:53 pm

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