Retorno Voluntario para Extranjeros en España

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Si eres extranjero residente en España y estás pensando en volver a tu país de origen (Colombia, Ecuador, Honduras, …) debes saber que te puedes acoger a alguna modalidad del llamado plan de Retorno Voluntario.

Por desgracia, muchos inmigrantes han padecido con dureza la crisis que ha asolado España en la última década. Extranjeros con negocios consolidados en el país se han visto en la ruina o se han visto ahogados por las hipotecas de sus casas, unido al desempleo.

Ante un panorama nada esperanzador, muchos son los que han vuelto a su país de origen o bien están pensando en hacerlo pero no saben cómo si no tienen ni dinero para comprar un billete de avión de vuelta.

¿Tienes problemas y quieres retornar? debes saber que, como extranjero inmigrante en España, puedes recibir unas ayudas para retornar a tu país. Lee con detenimiento toda la información y requisitos que te vamos a relatar a continuación.

Antes de empezar, debes saber que éstos programas de Retorno Voluntario, únicamente son válidos para extranjeros no comunitarios.

 

¿En qué consisten y qué requisitos tienen los Programas de Retorno Voluntario?

Actualmente (año 2018) existen tres Programas de Retorno Voluntario a los que un extranjero puede acogerse, dependiendo de su situación y estado de vulnerabilidad:

1. Programa de Retorno Voluntario de Atención Social

El programa está dirigido a inmigrantes extracomunitarios con un alto riesgo de exclusión social (demostrable con informe de Servicios Sociales de tu Ayuntamiento o por ONG especializada en el tema). Puedes recibir una ayuda para volver a tu país de origen consistente en:

  • Billete de avión.
  • Ayuda económica (una cantidad de dinero que depende de cada situación personal).

2. Programa de Retorno Voluntario Productivo

Está dirigido a extracomunitarios que, sin tener la obligación económica ni social de volver a su país, quieran volver y emprender como empresarios. Las ayudas que puedes recibir por éste plan, consisten en:

  • Billete de avión.
  • Ayudas económicas y de formación para abrir tu propio negocio en tu país de origen.

3. Programa de Retorno Voluntario Complementos del APRE

Éste programa está destinado exclusivamente a extranjeros no comunitarios que estén en condiciones de capitalizar el subsidio de desempleo (el paro). La ayuda consiste en:

  • Billete de avión.

Los requisitos para poder solicitar la ayuda son:

  • que tu país de origen tenga suscrito convenio bilateral con España en materia de Seguridad Social (puedes buscar si tu país tiene convenio y más información en la web del SEPE).
  • Obtener reconocimiento al derecho del abono del paro (según la modalidad establecida en el artículo 1 del Real Decreto 4/2008 de 19 de septiembre sobre abono acumulado y anticipado de la prestación por desempleo).
  • Tendrás que firmar una declaración voluntaria con el compromiso de volver a tu país en el plazo de 30 días naturales y no volver a España en el plazo de tres años. Recomendamos que pienses bien antes de firmar éste documento, porque debes tener claro que vas a retornar a tu país y no podrás volver a España en 3 años, porque te has comprometido por escrito.

 

 

¿Cómo puedo acogerme a un plan de Retorno Voluntario?

Para apuntarte a un Programa de Retorno Voluntario, debes contactar con alguna de las diferentes entidades y ONG que los gestionan (entre otros: Fundación CEPAIM, Fundación Iberoamérica Europa, Fundación AESCO, …).

Puedes dirigirte a cualquiera de esas organizaciones o bien en Servicios Sociales de tu Ayuntamiento. Si vives en Barcelona, también puedes recibir asesoramiento legal, psicológico, homologación de títulos, etc. de forma gratuita para facilitar el retorno a tu país en servicios como el SAIER (Servicio de Atención a Inmigrantes, Extranjeros y Refugiados que depende del Ayuntamiento de Barcelona, situado en Av. del Paraŀlel 202, 1º 7ª, 08015 de Barcelona, teléfono932 562 698).

A continuación puedes ver uno de los vídeos del SAIER con un caso real de retorno voluntario. En éste caso una ciudadana de Honduras explica su caso:

 

Retorno Voluntario de la Cruz Roja

¿Se puede acoger un inmigrante sin papeles a un Programa de Retorno Voluntario?

Si estás en España sin papeles (irregular) puedes acogerte al servicio de Retorno Voluntario de la Cruz Roja Española. La ONG española tiene un programa al que se pueden acoger extranjeros extracomunitarios que se encuentren de forma irregular y que cumplan una serie de requisitos.

Para más información pudes consultar la circular de la Cruz Roja sobre el tema.

Consejos y preguntas frecuentes sobre Retorno Voluntario

¿Puedo acogerme a algún Programa de Retorno Voluntario si tengo doble nacionalidad?

Si una de tus nacionalidades es española o de otro país de la Unión Europea NO puedes acceder a ninguna ayuda de los programas. Como ya hemos comentado más arriba, los programas sólo son para extranjeros extracomunitarios.

Tengo hijos nacidos en España y con nacionalidad española ¿pueden retornar conmigo?

En el caso de menores españoles, hijos de extranjeros no comunitarios, no se aplica el requisito comentado en el punto anterior. Los menores de edad pueden acogerse al retorno voluntario con la solicitud de sus padres o tutor legal.

 

¿Cómo vuelvo a mi país si no cumplo los requisitos?

Si estás en España y no te puedes acoger a ningún programa de retorno voluntario, puedes informarte de qué posibilidades tienes en Servicios Sociales de tu Ayuntamiento o en cualquier ONG especializada en extranjería.

¿Qué es la capitalización del paro para poder volver a mi país?

Primero debes saber que tienes que estar en situación de paro, con el derecho a percibir la prestación económica por desempleo concedida y que tu país tenga convenio con la Seguridad Social española.

Si solicitas la capitalización del paro, es muy importante que preguntes bien en la oficina de empleo si el programa de retorno voluntario en esa modalidad permite la ayuda económica para los billetes de avión. No siempre están disponibles esas ayudas, así que ¡no firmes nada sin antes informarte bien!

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Esta publicación fue modificada por última vez el 4 abril, 2018 2:39 pm

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